GUIA AL PROCESO DE JUSTICIA PENAL PARA VICTIMAS DE DELITOS MENORES EN MESA
Si usted es victima o testigo de
un delito, su ayuda es vital para nuestro
sistema penal de justicia. Lo siguiente
explica nuestro sistema y el porqué su ayuda es
tan importante.
DELITOS MENORES
La Fiscalía de la Ciudad de
Mesa tiene la responsabilidad de procesar todos
los delitos menores archivados en el Tribunal
Municipal de Mesa. Delitos menores son
violaciones a las ordenanzas de la ciudad o
estatutos estatales. Estos incluyen desde
infracciones menores de tránsito hasta delitos
más graves, como violencia intra familiar,
agresión, robo, conducir bajo la influencia de
alcohol,
chocar y huir, exposición obscena y exposición
sexual pública.
Si usted es víctima de un
delito menor en el cual sufrió lesiones físicas,
amenazas de lesiones físicas o una ofensa
sexual, usted tiene ciertos derechos bajo la ley
de Derechos de Víctimas. (información)
ARRESTO Y
COMPARECENCIA INICIAL
Cuando se arresta a un acusado,
ya sea el día de la ofensa o después o como
resultado de una orden de arresto, el acusado es
llevado a la cárcel. El acusado entonces pasa
ante un Juez o Comisionado para la Lectura de
Cargos dentro de un periodo de veinticuatro (24)
horas de su arresto. Durante esa Lectura de
Cargos, se instruye al acusado y él contesta
declarándose culpable o inocente de los cargos.
La mayoría de los acusados son puestos en
libertad
bajo palabra de honor [abreviado en ingles
O.R.] después de esta Audiencia. No es
necesario que el acusado deposite una fianza
cuando es puesto en libertad bajo palabra de honor.
Esto es debido a que se cree que él tiene lazos
suficientes con la comunidad para asegurar que
regresará a su próxima audiencia en el
Tribunal.
Los acusados que han cometido
delitos múltiples u ofensas más graves, o
personas que suelen no presentarse al Tribunal
tal y como se les ordena, son puestos en
libertad
solamente bajo fianza. La cantidad de la fianza
depende de various factores, incluyendo el tipo
de delito por el cual la persona fue arrestada.
En el momento de libertad
ya sea bajo palabra o bajo fianza, el acusado
podría recibir condiciones para restringir su
comportamiento. Se le puede prohibir al acusado
tener contacto con las víctimas o los testigos
del caso como una de las condiciones de libertad. Es contra la ley que el acusado
hostigue o intimide a las víctimas o testigos
en lo absoluto. Cualquier hostigamiento o delito
nuevo debe ser reportado immediatamente a la
policía. Las condiciones de libertad de
un acusado pueden ser modificadas, o se puede
detener a el acusado de nuevo si el no obedece
las condiciones de su libertad.
ACUSAMIENTO
Si no se arresta al acusado,
siempre se le podría ordenar que se
presente al Tribunal por medio de una "orden
de comparecencia y acusación." La primera
comparecencia que el acusado hace ante el
Tribunal Municipal se llama "Encausamiento."
No se requiere la presencia de
los testigos. El encausamiento tiene various
propósitos. Primero, se le informa al acusado
la naturaleza exacta de los cargos. Al acusado
también se le informa de sus derechos
incluyendo el derecho de ser asesorado y
representado por un abogado y a que se le
designe un abogado de oficio, esto si él no
tiene los fondos para contratar su propio
abogado. En el encausamiento el acusado se
declara culpable o inocente de los cargos.
Si en el encausamiento el
acusado se declara "culpable," el Juez
le impondrá el castigo inmediatamente o le
fijará otra audiencia en el futuro para le
imposición de pena.
Si usted desea decir algo
tocante a la pena, condiciones de libertad o
fianza, tendrá que hacerlo personalmente
durante la etapa de encausamiento sino puede
llenar un formulario explicando como este
incidente le ha afectado [En ingles: Victim
Impact Statement], para que sea entregado al
Juez. Si nada más le interesa que le reconozcan
los daños, usted entonces deberá entregar
la tarjeta apropiada solicitando indemnización
a la oficina de la Fiscalía antes del
encausamiento. Comuníquese con el fiscal si
necesita pedir tiempo adicional para entregar la
información sobre indemnización. Si usted no
se presenta al encausamiento y no ha entregado
la tarjeta de indemnización o no se ha
comunicado con el fiscal para pedir tiempo
adicional, el Tribunal supondrá que usted
no está pidiendo indemnización y podría
imponerle el castigo al acusado durante el
encausamiento. Si el acusado se declara "inocente,"
se fija fecha para una conferencia preliminar.
CONFERENCIA
PRELIMINAR
Durante la conferencia
preliminar, rutinariamente el Asistente del
Fiscal de la Ciudad encargado de su caso habla
con el abogado defensor sobre la posibilidad de
resolver el caso por medio de un acuerdo
declaratorio. Durante esta conferencia, el
fiscal le entrega al abogado defensor copias del
expediente sobre el caso de la Fiscalía, que
incluye declaraciones de los testigos e
informes de la polcía.
Si se llega a un acuerdo, los
abogados y el acusado pasan ante el Juez. El
acusado cambia su declaración a culpable o no
me opongo, firma un documento en el cual declara
que él, a sabiendas de lo que hace, renuncia a
various derechos, incluyendo el derecho de
hacerle preguntas a los testigos. Generalmente
el Juez impone la pena al acusado en conformidad
con los términos del acuerdo.
PROCEDIMIENTO
DE CONFERENCIAS PRELIMINARES
Si no se puede llegar a un
acuerdo, se iniciarán las preparaciones para un
juicio. Las Reglas del Proceso Penal de Arizona
exigen que el fiscal y el abogado defensor
intercambien información. Este proceso, llamado
revelación de pruebas, incluye poner a la
disposición del abogado defensor una copia del
informe de la policía y cualquier otra
información escrita y tambien podría incluir
entrevistas con testigos posibles. En Arizona,
la defensa tiene el derecho de entrevistar a
todos los testigos de la Fiscalía a menos que
estos también sean víctimas.
Como víctima de un delito,
usted tiene el derecho absoluto de negarse a ser
entrevistado o a declarar bajo juramento. Usted
puede poner condiciones para la entrevista si
desea ser entrevistada. Ni el acusado ni el
abogado defensor (ni ninguna persona que trate
con ellos) pueden comunicarse con usted sin
antes consultar con la fiscalía. Se el abogado
de la defensa se comunica con usted, usted no
tiene obligación de hablar con él, más bien,
si esto sucede, usted debe comunicarse con la
fiscalía o el Tribunal lo más pronto posible.
Usted debe pedirle a la persona que se comunique
con usted tocante al caso que se identifique.
Durante el proceso de revelación
de pruebas, se pueden llevar a cabo varias
audiencias preliminares, se prodrían presentar
peticiones tocantes a la admisibilidad de
pruebas, libertad bajo flanza del
acusado u otros asuntos de importancia para los
abogados o el Tribunal. Usted no necesita estar
presente a menos que sea citada a una
conferencia preliminar. Sin embargo, como víctima,
usted tiene el derecho a estar presente y a que
se le mantenga informada de todos los
procedimientos, si usted lo pide, en los cuales
el acusado tiene el derecho de estar presente.
JUICIO
Si después de las negociacieos
no se llega a un acuerdo declaratorio, el caso
se va a juicio. Como víctima, usted
probablemente recibirá un citatorio en el cual
se le ordenará que se presente al Tribunal para
el juicio.
Si necesita ayuda o información
tocante a su citatorio o si desea limitar o
evitar contacto con el acusado dentro o
alrededor de la sala del Tribunal, por favor
llame a la Oficina de la Fiscalía de la Ciudad
de Mesa al número que aparece en su citatorio
ó llame al (480) 644-2188 para comunicarse con
la Unidad de Ayuda a las Víctimas.
El juicio se puede llevar a cabo
ante un Juez o un jurado, dependiendo del tipo
de delito que se haya cometido.
El caso empieza con una
declaración de apertura de parte de los
abogados de la fiscalía y la defensa. La Fiscalía
luego presenta sus pruebas. La Fiscalía tiene
la responsabilidad de probar cada uno de los
elementos del delito más allá de una duda
razonable. Se requiere que los testigos sean
juramentados antes de atestiguar y ser
interrogados por el abogado de la defensa.
Después que la Fiscalía
presente sus pruebas y concluya esa porción del
caso, la defensa tiene la oportunidad de
presentar sus pruebas. El acusado tiene el
derecho de no incriminarse a si mismo y de no
atestiguar si no lo desea. En realidad, ya
que la Fiscalía tiene el peso de prueba, la
defensa no tiene que presentar ni testigos ni
pruebas.
Después que la defensa presente
sus pruebas y termina esa porción del caso, el
fiscal podría llamar testigos de refutación
para desacreditar el testimonio u otras pruebas
presentadas por la defensa. Al terminar de
presentar las pruebas, el fiscal y la defensa
presentan argumentos de conclusión. Si el
juicio es por un panel de jurados, el juez
instruye al panel sobre la ley pertinente y la
obligación que tienen de deliberar el caso.
El veredicto del jurado tiene
que ser unánime. Un jurado "indeciso"
es aquel que no puede estar deacuerdo en cuanto a
el veredicto. En ese caso, la fiscalía podría
pedir otro juicio. Si el jurado presenta un
veredicto de "inocente," eso significa
que la fiscalía fracasó en su intento de
probar el caso más allá de una duda razonable
y el acusado es absuelto y puesto en libertad.
DICTAMEN DE
PENA
Si se da un fallo de
culpabilidad en contra del acusado, el Juez podría
fijar una fecha en el futuro para imponer la
pena. En la mayoría de los casos de delitos
menores, la pena se impone el mismo día que se
declara culpable al acusado. El acusado tiene el
derecho de postergar el dictamen de la pena por
un mínimo de treinta días de la fecha del
fallo de culpabilidad.
Si al acusado se le impone
libartad condicional, usted tiene el derecho de
recibir una copia de los términos de su
libertad condicional. Usted debe llamar a la
policía o a la fiscalía si se da cuenta que el
acusado ha violado alguno de esos términos.
APELACIÓN
El acusado tiene el derecho de
apelar el fallo dictado después de un juicio.
Una apelación es una petición formal en la
cual se pide a un juzgado de autoridad superior
que revise el caso para determinar si se
protegieron todos los derechos del acusado y que
se actuó de acuerdo a la ley y los
procedimientos.
Un acusado no puede apelar un
fallo después que él mismo se haya declarado
culpable o haya aceptado un covenio declaratorio.
El acusado puede pedirle al Juez encargado del
juicio que revise el fallo basándose en ciertas
bases limitadas.
Esta es una explicación muy básica
de cómo funciona el sistema de Justicia Penal y
por lo tanto no explica todas las complejidades
del sistema.
COMO
INVOCAR SUS DERECHOS
Si usted desea que se le
mantenga informada de las fechas de
procedimientos y la disposición del caso, pero
no firmó uno de los formularios siguientes:
PETICIONIES DE LAS VICTIMAS [En inglés: VICTIM
REQUEST FORM], O RENUNCIA A [En inglés:
WAIVER OF] O DERECHOS DE A LA PRECONVICCION Y/O PREADJUDICACIÓN [En inglés: PRE-CONVICTION
AND/OR PRE-ADJUDICATION RIGHTS], por
favor llame el Unidad de Ayuda a las Víctimias
en la Fiscalía de la Ciudad at (480)
644-2188. Este formulario debió habérsele
dado en el sitio del incidente. Si tiene
preguntas tocantes a indemnización llame al (480)
644-5525.
CAMBIOS DE
DIRECCIÓN
Si cambia de dirección o número
telefónico, llámenos por favor a la Unidad de
Ayuda a las Víctimas al (480) 644-2188,
o envíelo por escrito a:
Mesa City Prosecutor's Office
Victim Services Unit
245 W. 2nd Street
Mesa, Arizona 85201
INFORMACIÓN
ESPECIAL PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR
Existe información importante
qu las víctimas de un caso de violencia familiar deben saber. Violencia
familiar
es una denominación específica que se da a
ciertos delitos en donde el acusado y la víctima
tienen un vinculo especial, ya sea que están
casados o lo estuvieron en el pasado, si tienen
hijos en común o si han cohabitado en el
presente o en el pasado.
En el estado de Arizona, las
personas que por primera vez cometen delitos de
violencia familiar sin haber causado
lesiones graves, son aptas a participar en el
Programa de Intervención de Violencia familiar
[abreviado en inglés DVIP]. Este es un
programa por el cual se desechan los cargos de
violencia familiar si el infractor esta de
acuerdo en recibir asesoramiento sobre violencia
familiar. Si el acusado no es apto para el
programa DVIP, él seguirá las etapas de
conferencia preliminar, juicio y dictamen de
pena. Si el acusado es encontrado culpable o si él
se declara culpable de un delito de violencia familiar, será necesario que el acusado
reciba asesoramiento sobre violencia familiar como parte de la pena.
El papel crucial que desempeña
la víctimas es muy particular a los delitos de
violencia familiar. La cooperación de
parte de la víctima es esencial para el
proceso de un caso de violencia familiar
aunque solamente la fiscalía puede presentar o
desechar cargos en contra del infractor.
Frecuentemente las víctimas son los
únicos testigos de los delitos. Sin embargo,
debido al vinculo con el acusado, algunas víctimas
se dan cuenta que se les dificulta atestiguar en
contra de él. Es importante entender que las
ordenes de comparecencia para atestiguar en un
juicio penal son ordenes del Tribunal. El
desobedecer una orden del Tribunal puede causar
que se tome una acción legal en contra de la
persona citada. Además, cuando las víctimas no
cooperan en el caso contra sus ofensores, eso da
una impresión errónea a esos ofensores. La
Unidad de Ayuda a las Víctimas siempre está
disponible para ayudar a las víctimas con
cualquier asunto tales como atestiguar.
TIEMPO
LIBRE DEL TRABAJO
De acuerdo con la ley, si usted
es víctima de un delito, usted podría tener el
derecho a tomar tiempo libre de su trabajo para
comparecer a los procedimientos judiciales en su
caso si su empleador es de Arizona y si tiene
cincuenta o más empleados. Bajo la ley de
derechos de víctimas, su empleador no puede
tomar accionies negativas en su contra, tales
como despedirlo o discriminarlo, debido a su
ausencia en el trabajo. Sin embargo, un empleador
podría limitar el derecho a tomar tiempo de su
trabajo si eso causara "dificultades
excesivas." Por favor comuníquese con
nuestra oficina si sus ausencias a su trabajo le
causan "dificultades excesivas" a su
empleador para que notifiquemos al Tribunal. Por
ley el Tribunal debe tomar el horario de trabajo
suyo al fijar nuevas fechas para procedimientos
en su caso. Su empleador no está obligado a
compensarle a menos que usted use tiempo libre
acumulado, lo cual es algo que su empleador
podría requerir de usted.
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